Somos Ruska asociados corredores
de seguros con 40 años en el mercado. Les informamos que, a partir de febrero 2020, es totalmente obligatorio
desde el primer día, que el personal en planilla (por el momento
solo planilla), deba tener se seguro de vida ley, pagado totalmente por su
empleador.
Contactos
Correo: oprieto@ruska.com.pe
Celular: 998161677
¿Cuánto cuesta el seguro de vida ley?
El costo va
de acuerdo a la cantidad de gente en tu planilla y es más cómodo por lo general
tomarlo anual.
El seguro
vida ley se vuelve más caro, si lo tomas mes a mes, pues la prima o costo
mínimo por mes es de S/.100 soles más imp. Las aseguradoras no emiten por menos
de 100 soles una póliza por mes.
Ejemplo:
Si tuvieras
entre 3 a 12 trabajadores con sueldos mínimos, el costo mes a mes sería de 100
soles. Pagarías al año 1,200 soles más imp.
En cambio,
si tomas el seguro anual, pagarías 510 soles más imp. La mitad de precio.
¿Que me cubre el seguro de vida ley?
La coberturas principales son:
Muerte natural: 16 remuneraciones
Muerte accidental: 32 remuneraciones
Invalidez total permanente: 32 remuneraciones
¿Que me cubre el seguro de vida ley?
La coberturas principales son:
Muerte natural: 16 remuneraciones
Muerte accidental: 32 remuneraciones
Invalidez total permanente: 32 remuneraciones
¿Qué debo hacer para obtener una cotización?
Mandar un correo a nuestras oficinas para enviarte los requisitos. Algo parecido al SCTR.
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Celular: 998161677
Informe de la ley de un importante
estudio de abogados.
Informe
de Estudio Muñiz
Como bien es de tu conocimiento, el día hoy lunes 30/12,
ha sido publicado el Decreto de Urgencia Nº 0044-2019, el cual entre otras
cosas modifica el artículo 01 del Decreto Legislativo 688 “Ley de Consolidación
de los Beneficios Sociales”. Norma que dispone la obligatoriedad de otorgar un
seguro de vida a sus trabajadores que tengan cuando menos 04 años de servicios
y que, según se señala en la Segunda Disposición complementaria y Modificatoria
del decreto de urgencia publicado el día de hoy, este seguro será otorgado
desde el inicio a la relación laboral del trabajador.
Sobre ello, indicarte que dicha disposición aún no
se encuentra vigente, pues según se señala en el segundo párrafo de la Segunda
Disposición Complementaria y Final del aludido decreto de urgencia, esta
modificación entrará en vigencia recién al día siguiente de la
publicación del Decreto Supremo que deberá ser refrendado por el MINTRA y el
Ministerio de Economía y Finanzas, el cual deberá ser emitido en el plazo de 30
días hábiles. Así mismo, se señala que este cambio podría de implementación
progresiva
En ese orden de ideas, la obligatoriedad de otorgar
un seguro de vida a sus trabajadores desde su inicio a la relación laboral
expuesta en el Decreto de Urgencia Nº 044-2019, aún no se encuentra vigente
debido a que es necesario que se publique otra norma, y por lo que mientas ello
no se dé, no es obligatoria.
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